El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra el Tribunal Supremo por la ley de nietos, según El Mundo, 20minutos y La Vanguardia. La Vanguardia informa de que el tribunal no admite a trámite la reclamación por considerarla prematura. 20minutos y El Mundo añaden que se mantiene la suspensión del voto ordenada por el Supremo. El Mundo cuenta que Ramón Sáez y Juan Carlos Campo, exministro de Justicia de Pedro Sánchez, son los únicos en apoyar el recurso. El País reproduce que la ineficacia administrativa no sirve de fundamento para admitir un amparo y que el caso sigue abierto en el Supremo. El País describe además un cruce de críticas entre Marchena y Conde-Pumpido tras el nuevo auto de la Sala Penal sobre la amnistía.
El Constitucional vigila que las vías ordinarias se agoten antes de admitir un amparo, y por eso la inadmisión no resuelve el fondo. Mientras el Supremo no decida, la suspensión del voto sigue vigente y el conflicto entre las dos cortes queda sin cerrar.
Si sigue la política, el asunto marca qué tribunal tendrá la última palabra sobre la amnistía y cuándo. No cambia hoy ningún trámite para los ciudadanos, pero condiciona el clima institucional en plena precampaña.
Quienes defienden la decisión recuerdan, según el auto citado por El País, que el amparo exige agotar antes la vía ordinaria y que el caso sigue abierto en el Supremo. Desde esa óptica, el Constitucional respeta los tiempos procesales y evita adelantarse.
Los magistrados Sáez y Campo, según El Mundo, apoyaron el recurso del Defensor del Pueblo, lo que sugiere una lectura distinta dentro del propio tribunal. El análisis de El País apunta a un cruce de reproches entre Supremo y Constitucional, con visiones enfrentadas sobre la amnistía.
Está confirmado que el recurso se rechazó por prematuro, que la suspensión se mantiene y que el caso sigue en el Supremo. No está confirmado cuándo resolverá el Supremo ni qué dirá sobre el fondo. Hoy conviene ver si el Supremo fija fecha y cómo reaccionan las partes al auto.
El Mundo (auto del Constitucional, 21/10) · 20minutos (suspensión del voto, 21/10) · La Vanguardia (recurso prematuro, 21/10) · El País (argumentos y choque Marchena–Conde-Pumpido, 21/10)
El Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo por la ley de nietos y mantiene la suspensión del votoEl Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo por la ley de nietos y mantiene la suspensión del voto
El tribunal considera prematura la reclamación de Ángel Gabilondo y deja el asunto en manos del Supremo, mientras crece el cruce de críticas entre ambas cortes
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra el Tribunal Supremo en relación con la llamada ley de nietos, y mantiene la suspensión del voto que había ordenado el Supremo, según informaron este miércoles El Mundo, 20minutos y La Vanguardia. La Vanguardia precisa que el Alto tribunal no admite a trámite la reclamación de Gabilondo porque la considera prematura. El Mundo añade que los magistrados progresistas Ramón Sáez y Juan Carlos Campo, exministro de Justicia de Pedro Sánchez, son los únicos en apoyar el recurso del Defensor del Pueblo. El País reproduce uno de los argumentos del auto, según el cual «la ineficacia administrativa no sirve de fundamento para admitir un amparo», y señala que la resolución concluye que el caso sigue abierto en el Supremo. Con ello, el asunto vuelve a la vía ordinaria sin que el Constitucional haya entrado a valorar el fondo de la petición, según relatan los cuatro medios.
El País dedica además un análisis a lo que describe como el choque entre Marchena y Conde-Pumpido por la amnistía. Según el diario, con el nuevo auto de la Sala Penal queda claro que se asiste a un cruce de críticas y reproches entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que mantienen posiciones enfrentadas sobre cómo debe aplicarse la amnistía. El mismo medio explica que el auto del Constitucional insiste en que el caso no está agotado en la jurisdicción ordinaria y que, por tanto, no cabe todavía un amparo. 20minutos subraya que la suspensión del voto dictada por el Supremo se mantiene en vigor tras el rechazo del recurso. La Vanguardia atribuye la inadmisión a que la petición del Defensor del Pueblo se presentó antes de que el Supremo hubiera resuelto. Ninguno de los medios consultados informa de que el Supremo haya fijado todavía fecha para dictar su decisión sobre el fondo.